En SENSEDI contamos con los mejores profesionales y una gran experiencia en el sector para realizar la IEE en Palencia de tu edificio.
En SENSEDI contamos con los mejores profesionales y una gran experiencia en el sector para realizar la IEE en Palencia de tu edificio.
La Inspección Técnica de Edificios (ITE) en Palencia, que posteriormente fue sustituido por el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), está regulado por la Ordenanza reguladora del Informe de Evaluación de Edificios, aprobada el 20 de marzo de 2014 en Palencia, que sigue el marco legal de la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, así como el Real Decreto 233/2013 por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas; además de la Ley de Urbanismo de Castilla y León.
La Inspección Técnica de Edificios (ITE) en Palencia, que posteriormente fue sustituido por el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), está regulado por la Ordenanza reguladora del Informe de Evaluación de Edificios, aprobada el 20 de marzo de 2014 en Palencia
IEE en Palencia
Se establece así el IEE o Informe de Evaluación de Edificios como un documento en el que se acredita la situación actual de los edificios en relación tanto a su estado de conservación, como a su accesibilidad universal y a la eficiencia energética.
La IEE en Palencia se establece como un trámite obligatorio para toda clase de edificaciones y construcciones, independientemente de su uso o destino, siempre que cuenten con más de 40 años de antigüedad. Estos 40 años comenzarán a contar desde la fecha de finalización de la construcción o bien en base a las obras de rehabilitación integral. Por tanto, están obligados a pasar el IEE aquellas personas propietarias de edificios y las Comunidades de Propietarios o la agrupación de Comunidades de Propietarios.
La IEE en Palencia se establece como un trámite obligatorio para toda clase de edificaciones y construcciones, independientemente de su uso o destino, siempre que cuenten con más de 40 años de antigüedad.
IEE en Palencia
En el caso de los arrendatarios, tendrán facultad para reclamar ante la Administración la realización del Informe de Evaluación de Edificios en caso de incumplimiento por parte del propietario o propietarios.
Las Comunidades de Propietarios o propietarios con edificios de antigüedad superior a 40 años deberán realizar el Informe de Evaluación de Edificios dentro del año siguiente a aquél en que el edificio cumpla dichos 40 años. El IEE deberá ser efectuado por parte de profesionales cualificados para esta labor, y se realizará un informe en base al estado del edificio y se cumplimentará según los métodos aprobados por la Ordenanza y recogidos en el Anexo.
Este informe consta de tres partes: una evaluación del estado de conservación, una evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad y la certificación de eficiencia energética
IEE en Palencia
Este informe consta de tres partes: una evaluación del estado de conservación, una evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad y la certificación de eficiencia energética.
Una vez el técnico competente haya realizado las inspecciones pertinentes y dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo en el que se deba realizar el IEE, será necesario presentar la solicitud y dos copias originales del Informe de Evaluación de Edificios en el registro municipal, donde se expresará claramente cuál ha sido el resultado de dicha inspección. El IEE podrá ser favorable en los casos en los que no se encuentren deficiencias en ninguno de los tres aspectos que se tienen en cuenta, mientras que será desfavorable en los casos en los que se encuentren deficiencias. En este último caso, el IEE deberá incluir las medidas adoptadas para subsanar dichas deficiencias, así como el plazo en el que deberán ser subsanadas.
Una vez el técnico competente haya realizado las inspecciones pertinentes y dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo en el que se deba realizar el IEE, será necesario presentar la solicitud y dos copias originales del Informe de Evaluación de Edificios en el registro municipal
IEE Palencia
En el caso de que el IEE sea favorable, se anotará en el Registro de Edificios, trasladando el resultado al propietario y quedando presente la obligación de repetir el informe en el plazo de 10 años.
Si el IEE resulta desfavorable, se deberán indicar y detallar las deficiencias que tendrán que ser subsanadas en el plano de conservación, ejecutando las obras pertinentes. En un plazo de tres meses, se procederá a solicitar la licencia de obras municipal correspondiente.
El incumplimiento de la obligación de realizar el IEE o las obras pertinentes para subsanar las deficiencias puede suponer lo siguiente. La falta de presentación del informe puede obligar a los propietarios a su práctica inmediata, así como puede suponer multas coercitivas o ejecución subsidiaria, que pueden ir desde 1.000 euros a 10.000 euros.
IEE: realizamos el control técnico obligatorio para constatar el estado de conservación del inmueble y prevenir daños materiales o riesgos físicos. En SENSEDI, además de realizar el informe normativo obligatorio, incluimos recomendaciones personalizadas que presentamos ante la comunidad o administrador quien decide si presentar el informe ante la administración competente.
conjunto de servicios diseñados para conocer el estado del edificio y decidir qué rehabilitación llevar a cabo para la obtención de una valoración favorable en las Inspecciones Técnicas del Edificio..
Analizamos las intervenciones necesarias y su calendarización para mantener tu edificio en buen estado de conservación y superar las inspecciones obligatorias.
diseñamos las soluciones técnicas que mejor se adaptan a las necesidades de la Comunidad para la subsanación de las deficiencias detectadas, teniendo en cuenta los recursos disponibles. Además supervisamos la ejecución de las obras reduciendo posibles desviaciones en tiempo y en presupuesto, velando así por el interés de la Comunidad.