El papel de los agentes y gestores de la rehabilitación frente al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
3 marzo, 2022
Probablemente hoy ya son pocas las personas que no han oído hablar del Plan Next Generation EU. Los titulares subrayan que se trata del mayor paquete de estímulo jamás financiado por la unión europea con el propósito de ayudar a los países miembros a “salir más fuertes de la pandemia, transformar nuestra economía y crear oportunidades y trabajos para Europa”. En nuestro país también son frecuentes las referencias al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España”, que viene a ser en parte, la hoja de ruta para la implementación de las ayudas europeas en la búsqueda de la modernización de la economía española. Este Plan tiene un primer eje destinado a reforzar la inversión pública y privada para reorientar el modelo productivo, impulsando la transición verde, la descarbonización, la eficiencia energética, el despliegue de las energías renovables, la electrificación de la economía, el desarrollo del almacenamiento de energía, la economía circular, las soluciones basadas en la naturaleza y la mejora de la resiliencia de todos los sectores económicos, incluyéndose específicamente un componente 2 centrado en el impulso de las actuaciones de rehabilitación y mejora del parque edificatorio.
En este último componente, el relativo a las actuaciones de rehabilitación y mejora del parque edificado, existen importantes novedades. En esta entrada del blog comentaremos una muy relevante relativa a la gestión y puesta en práctica de la rehabilitación.
Fijar un horizonte de 4 años, con una rehabilitación en España de más de 350.000 viviendas no es sencillo. Si a eso le añadimos que hay que tener en cuenta que las ayudas públicas a la rehabilitación están condicionadas a que exista una mejora en cuanto consumo energético del inmueble acreditada mediante un certificado de eficiencia energética antes y otro después de la rehabilitación realizada, aún el reto se marca más difícil. Por eso, desde el principio ha existido una justificada preocupación política por garantizar que las ayudas lleguen y sobre todo se puedan ejecutar. Experiencias anteriores mucho menos ambiciosas han demostrado que al menos existen 2 niveles de dificultad para la implementación de las ayudas. A nivel individual: desconocimiento de los procesos de solicitud, desconfianza en la administración, falta de tiempo para la solicitar las ayudas,… A nivel administrativo: complejidad en el proceso administrativo, falta de medios para llevar a buen ritmo la comprobación de expedientes,… De ahí que el reto pasa por establecer diferentes mecanismos encaminados a un mismo objetivo: llegar a una escala de rehabilitación residencial óptimo adaptado al impulso que se ofrece desde Europa…
Para intentar minimizar estas carencias, el RD 853/2021 que tiene como objetivo regular los programas de ayuda en los ámbitos de la rehabilitación residencial y construcción de vivienda social, define lo que se entenderá por agentes o gestores de la rehabilitación «la persona física o jurídica, o entidad pública o privada que pueda realizar actuaciones de impulso, seguimiento, gestión y percepción de ayudas públicas, mediante mecanismos de cesión de derecho de cobro o similares, acceso a la financiación, elaboración de documentación o proyectos técnicos u otras actuaciones necesarias para el desarrollo de las actuaciones de rehabilitación o mejora que puedan ser objeto de financiación a través de alguno de los programas recogidos en el real decreto».
Conforme a esta definición, el agente de la rehabilitación parece que debe ser un profesional de confianza que lleva a cabo toda la gestión de manera integrada relativa a la rehabilitación de una vivienda o de un conjunto de ellas. Puede tratarse de una empresa de gestión y servicios como Sensedi, un arquitecto, un arquitecto técnico, o un administrador de fincas. Hasta ahora, y por lo general, era el propio administrador de fincas el que se dedicaba a tramitar las actuales ayudas. Sin embargo, con la publicación de esta norma se amplía la actividad hacia cualquier empresa, profesional, entidad o gestor que pueda hacer toda la labor, desde la elaboración de la documentación técnica y la solicitud de las ayudas hasta la obtención de la financiación. La finalidad de esta medida está clara: centralizar todos los trámites en un único punto para simplificar y agilizar, y en última instancia lograr la acción rehabilitadora.
En esta línea el Real Decreto dice que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, posibilitarán en la aplicación de los recursos transferidos y en las convocatorias la participación de estos agentes o gestores de la rehabilitación que faciliten modelos tipo «llave en mano» a propietarios y comunidades de propietarios o agrupación de comunidades de propietarios de edificios de vivienda. La actuación de estos agentes y gestores exigirá que aporten un documento que acredite el acuerdo con la propiedad, comunidad de propietarios o agrupación de comunidades de propietarios, que les faculte y autorice a actuar como tales.
En paralelo a la implementación del agente o gestor de la rehabilitación también existe un programa destinado a la financiación de oficinas de rehabilitación a dos escalas. Por un lado, a nivel de barrio, se facilita la implementación de oficinas tipo «ventanilla única» que agilizarán la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas, en obras de rehabilitación en edificios y viviendas dentro de los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP). Por otro lado, con independencia de las oficinas de rehabilitación establecidas para el desarrollo de las actuaciones a nivel de ERRP, se financia un Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación que permitirán ofrecer servicios integrales de información, gestión y acompañamiento en los proyectos de rehabilitación energética en el ámbito residencial, es decir más allá de las establecidas a nivel de barrio, y que estarán al servicio de los ciudadanos, comunidades de propietarios, empresas y agentes rehabilitadores en general.
Todo esto abre un nuevo campo importantísimo de desarrollo tanto para profesionales como para empresas de gestión y/o el mantenimiento integral de edificios que estén dispuestos a lograr para los ciudadanos y sus viviendas, los objetivos de rehabilitación necesarios en nuestro parque edificado.
Dr. Arquitecto, Profesor de la ETS de Arquitectura de Valencia. Subdirector del Departamento de Urbanismo. Director académico del Máster en «Sistemas de Información Geográfica aplicados a la Ordenación del Territorio, el Urbanismo y el Paisaje» (UPV) y del Diploma de Especialización en «Rehabilitación y Regeneración Urbana» (UPV-IVE-GV).