Desde hace algo más de 20 años, a partir de la entrada en vigor de la LOE, se implanta en España la obligación de contar con el “Libro del edificio” para las nuevas construcciones. Este libro, que recopila y organiza los planes de conservación y mantenimiento del edificio cara al futuro se diseña para la nueva edificación. ¿Pero qué pasa con el inmenso parque edificado de viviendas ya existentes? ¿no parece razonable contar también con un libro de edificios propio de las construcciones existentes? Veamos los pasos que se han dado en este sentido.
La Directiva Europea de Eficiencia Energética 2012/27/UE hace ya unos cuantos años requirió que los miembros del Estado presentaran diferentes documentos para poder reconocer las estrategias de cada país en el ámbito edificatorio. De forma resumida se debían presentar dos documentos: Un Plan Nacional de Acción de Eficiencia Energética 2014-2020 y una Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación. En este último caso, lo que se debía de cumplir era el artículo 4 (Renovación de edificios) de dicha Directiva Europea. Como muy tarde en abril de 2014, se publicaría una primera versión de la estrategia, que debería actualizarse cada tres años y remitirse a la Comisión en el marco de los Planes nacionales de acción para la eficiencia energética. En un principio así fue y se publicó primero en julio de 2014 una ”Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España” (ERESEE 2014) que luego sería actualizada en 2017 mediante la ERSEE 2017 y posteriormente actualizada en 2020 con la ERSEE2020. En la lectura de este interesante documento podemos ver como las diferentes Administraciones Públicas españolas, han realizado un especial esfuerzo en los últimos años para impulsar medidas normativas que faciliten la puesta en marcha del sector de la rehabilitación. En concreto la ERESEE 2014 identificaba entre otras la “creación del Libro del Edificio, para edificios existentes”. Como parte del fomento de la cultura de la rehabilitación entre los propietarios, la ERESEE 2014 identificó la conveniencia de que los edificios de vivienda ya existentes contarán voluntariamente con un “Libro del Edificio” –análogo al que se ya exige en España para todos los edificios de nueva construcción, como un conjunto permanentemente actualizado de documentación sobre todas las actuaciones, informes (incluyendo el IEE), certificados, revisiones, obras, etc. que se llevaran a cabo sobre cada edificio.
En la ERESEE 2020 se reforzó el impulso al Libro del Edificio Existente como documento organizador y articulador de las actuaciones en los edificios dando marco a los denominados como “trigger points” según la Directiva (UE) 2018/844 identificados a partir de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) o el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) pudiendo jugar un papel clave como activadores y catalizadores de las sinergias entre las obras obligatorias de conservación y las voluntarias de mejora de la eficiencia energética.
Esta iniciativa encontró a través del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, un impulso definitivo. Este Plan tiene un primer eje destinado a reforzar la inversión pública y privada para reorientar el modelo productivo incluyéndose específicamente un componente 2 centrado en el impulso de las actuaciones de rehabilitación y mejora del parque edificatorio. Entre los distintos programas que se articulan hay uno denominado “Programa de ayuda a la elaboración del Libro del Edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación”, que será beneficiado de un máximo del 9 por ciento del importe que transfiera el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para atender a las ayudas de dichos programas.
El objeto de este programa es el impulso a la implantación y generalización del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por su emisión, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios de acuerdo con los límites establecidos, con el propósito de activar la demanda de una rehabilitación energética significativa y de alta calidad en los edificios. El Libro contendrá, de manera detallada, los aspectos relacionados en el anexo I del Real Decreto y que recientemente ha sido implementado a través de un documento práctico titulado “Guía para la elaboración del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación. Instrucciones, recomendaciones, consejos y ejemplos para la justificación del anexo I del Real Decreto 853/2021”. La guía, que sigue el Anexo I del Real Decreto 853/2021, está organizado en 2 bloques que organizan los documentos que todo edificio existente debería tener para conocer su estado de conservación, así como un historial de “vida”. Incorpora un “Manual de uso y mantenimiento” que contempla un mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo. Así mismo el Libro trata de ofrecer un abanico de posibilidades para la mejora de las prestaciones del edificio y organiza un Plan de Actuaciones para la Renovación del edificio.
Ahora bien, junto con estos avances también se viene reclamando la necesidad de que el “Libro del Edificio” tanto nuevo como existente, tenga un formato digital. La Comisión Europea está estudiando crear un marco común para la creación de un diario o “Libro digital del Edificio” (digital building logbook) en la Unión Europea. El proceso está en sus fases iniciales, habiendo publicado el pasado 2 de octubre de 2020, un informe con el estudio del estado de la cuestión en los países europeos. Es cierto que algunos tipos de datos almacenados en el Libro del Edificio tienen una naturaleza más estática, mientras que otros, como los datos provenientes de medidores inteligentes y dispositivos inteligentes, son dinámicos y deben actualizarse de forma automática y periódica. Un Libro digital del Edificio, es un instrumento que da control a los usuarios de sus datos y el acceso de terceros, respetando el derecho fundamental a la protección de datos personales. Los datos pueden almacenarse y compartirse con la administración, multiplicando el potencial de usos y estratégicas de intervención y ayudas futura. También se hacen más cercanos y trasparentes para todos los usuarios del edificio, que cuentan con la información de una manera directa y rápida. En todo esto, la tecnología BIM y el denominado “Gemelo Digital” del edificio, juegan un papel muy importante. También lo hace la tecnología GIS que permite gestionar espacialmente toda la información a escala de barrio o ciudad.
Nos encontramos en un momento decisivo en el que parece existir financiación y un claro consenso que de apoyo a la ambición de conocer mejor el estado de nuestros edificios existentes. Sin lugar a duda alguna, se trata de un paso decisivo para conseguir una mayor y mejor calidad de vida en nuestras ciudades.
Dr. Arquitecto, Profesor de la ETS de Arquitectura de Valencia. Subdirector del Departamento de Urbanismo. Director académico del Máster en «Sistemas de Información Geográfica aplicados a la Ordenación del Territorio, el Urbanismo y el Paisaje» (UPV) y del Diploma de Especialización en «Rehabilitación y Regeneración Urbana» (UPV-IVE-GV).
El ritmo de construcciones de las ciudades españolas no ha sido igual a lo largo…
En el texto anterior he iniciado el análisis de la rehabilitación de los acabados interiores…
España es el país del mundo con más ascensores en proporción a su población, alrededor…
Una vez alcanzado el diagnóstico, podremos definir las acciones de reparación y rehabilitación necesarias, en…
En los textos previos he visto las lesiones y posibles actuaciones de intervención en la…
El Libro del Edificio Existente (LEEX) fue impulsado en la ERESEE 2020 como documento organizador…